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Estudio técnico: el expediente de la reforma al taxi no demuestra suficientemente la ausencia de impactos

El Ministerio de Transporte publicó un proyecto de decreto que modificaría varias disposiciones nacionales aplicables al servicio público de transporte individual en vehículos taxi. La iniciativa estuvo abierta a observaciones entre el 22 de junio y el 6 de julio de 2026 y propone cambios relacionados con el radio de acción, los contratos de vinculación, el paz y salvo, la reposición de vehículos, la asignación de matrículas, la tarjeta de operación y la formación de conductores.

La Memoria Justificativa que acompaña el proyecto afirma que su expedición no tendría impacto económico, no requeriría disponibilidad presupuestal adicional y no cuenta con estudios técnicos anexos. Un estudio del Observatorio Técnico Sectorial de Movemos País examinó la documentación disponible y concluyó que el expediente no demuestra suficientemente esa afirmación de ausencia de impactos relevantes.

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LECTURA ESTRATÉGICA

La relevancia del hallazgo no está en cuestionar la facultad del Estado para actualizar el régimen del taxi, sino en establecer si las decisiones propuestas cuentan con evidencia suficiente para anticipar sus efectos. El proyecto interviene relaciones contractuales, condiciones de acceso al mercado, trámites administrativos, competencias territoriales y mecanismos de reposición. Aunque varias medidas pueden perseguir objetivos legítimos de eficiencia, transparencia o modernización, también pueden modificar costos, ingresos, riesgos y responsabilidades.

La afirmación de ausencia de impacto es estratégica porque puede determinar si la autoridad considera necesario comparar alternativas, identificar actores afectados y diseñar mecanismos de transición. Sin una línea base conciliada, un contrafactual y una estimación proporcional, resulta difícil establecer si los beneficios esperados justifican las cargas generadas.

El informe identifica un riesgo de insuficiencia en la motivación, no una invalidez automática del proyecto. El sector deberá observar la Memoria Justificativa definitiva, el texto posconsulta con control de cambios, los análisis económicos incorporados, la eventual abogacía de la competencia y los soportes de las reuniones invocadas.

¿Qué propone modificar el proyecto?

El proyecto sustituiría o ajustaría disposiciones del Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015. En materia territorial, permitiría prestar el servicio entre municipios contiguos sin Planilla Única de Viaje Ocasional, salvo que la autoridad del destino, mediante un estudio técnico de oferta y demanda, determine la necesidad de exigirla.

El contrato de vinculación podría pasar de una duración máxima de un año a un término máximo de dos años. También se prohibiría condicionar trámites a la expedición de un paz y salvo y se restringirían cobros relacionados con la desvinculación, la tarjeta de operación y servicios no prestados. La vigencia de la tarjeta de operación se ampliaría de uno a dos años.

En asignación de matrículas, el proyecto mantendría el sorteo público e introduciría un puntaje adicional para conductores no propietarios con experiencia. También asignaría responsabilidades en formación de conductores y modificaría las reglas de reposición en eventos de hurto, pérdida, desintegración, cambio de servicio o destrucción del vehículo.

¿Qué afirma la Memoria Justificativa?

La Memoria sostiene que el decreto no tendría impacto económico porque no alteraría sustancialmente los procesos de las autoridades, que no serían necesarias erogaciones presupuestales adicionales y que las actividades se desarrollarían con la estructura existente.

Sin embargo, el mismo proyecto modifica la duración de contratos, restringe cobros, amplía vigencias, distribuye nuevas responsabilidades territoriales y establece mecanismos de asignación de matrículas: medidas que producen canales económicos y administrativos que requieren ser identificados y, cuando resulte posible, cuantificados. El estudio advierte además discordancias de fecha de corte y de universo en los datos del RUNT utilizados.

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Fuente: Ministerio de Transporte, proyecto de decreto publicado el 19 de junio de 2026, Memoria Justificativa CJS-F-006 e informe de observaciones y respuestas; Movemos País, Estudio Técnico OTS-2026-008.
Nota editorial: Movemos País participó en la consulta pública y es autor de las observaciones cuyo tratamiento examina parcialmente el estudio. El informe declara esta circunstancia, diferencia hechos, inferencias e hipótesis, y limita sus conclusiones al expediente disponible. La Lectura Estratégica es análisis técnico e institucional, sin posición partidista.
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